Los empleadores
deben obligatoriamente realizar las investigaciones de los accidentes de
trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos, los cuales deben
comunicarse a las autoridades competentes dentro de un plazo establecido.
La autoridad
competente encargada de los temas laborales (Ministerio de Trabajo), realizará
y publicará informes acerca los accidentes de trabajo, enfermedades
ocupacionales e incidencias de grave riesgo efectivo o potencial para los
trabajadores y/o la población.
Sanciones
Se dice que se
sancionará al empleador en caso de ausencia o mala implementacion de las
medidas preventivas necesarias, así como por exponer a los
trabajadores a situaciones de riesgo, incumplimiento injustificado de las
obligaciones, de las medidas individual o colectiva, de advertencia o
requerimientos previos de la inspección de S.S.T.
El empleador en
caso de incumplimiento será sancionado por la autoridad competente, siendo
multado de acuerdo a una escala ya establecida para cada sector, dependiendo del
rubro donde se desenvuelva cada centro laboral.
